Neuquén: sentencia millonaria por un accidente escolar desata fuerte reclamo del Ministerio de Educación
El Gobierno provincial cuestiona un fallo que ordena pagar más de $175 millones por la fractura leve de una alumna de 7 años
Un fallo judicial dictado en Chos Malal desató un duro pronunciamiento del Ministerio de Educación de Neuquén, luego de que la Justicia ordenara al Consejo Provincial de Educación (CPE) indemnizar con más de $175 millones a la familia de una niña que sufrió una fractura de tibia izquierda sin desplazamiento, catalogada como lesión leve, durante una clase de educación física en la Escuela Primaria 254, el 23 de septiembre de 2019.
La familia había reclamado inicialmente $6 millones, considerando una supuesta incapacidad a partir de los 18 años. Sin embargo, el juez Carlos Choco, de la V Circunscripción Judicial, condenó al Estado provincial a pagar un monto muy superior, junto con las costas del abogado y los honorarios de los peritos médicos, mediante una fundamentación que —según el Ministerio— no justificó “semejante salto cualitativo”.
Un cálculo considerado “exorbitante”
El CPE había cuestionado la competencia del magistrado y rechazado la demanda, por entender que debía tramitarse en el fuero contencioso-administrativo, tal como determina la ley procesal 1305 para reclamos por responsabilidad del Estado. Pero el juez se declaró competente y aplicó una fórmula indemnizatoria basada en un discutido porcentaje de incapacidad, calculando el resarcimiento desde los 7 hasta los 68 años, es decir, 22 años por encima de la edad productiva fijada en los 57.
Para las abogadas del Ministerio de Educación —Silva Reñones, Karina Suárez y Fernanda González—, el fallo aplicó “una fórmula de actualización de daños con parámetros propios, sin fundamentos fácticos ni jurídicos”, lo que derivó en una cifra “incongruente, infundada y estrambótica”, luego ratificada por la Cámara de Apelaciones.
Un “gravamen irreparable” y un monto que supera límites legales
En el recurso presentado el 3 de diciembre, las representantes del Ministerio afirmaron que la sentencia constituye un “gravamen irreparable”, al fijar un monto “exorbitante y desproporcionado” que supera ampliamente los límites establecidos por la Ley 1406, modificada por la Ley 1596. Señalaron que la suma “excede sobradamente el doble de la remuneración total asignada a un juez de primera instancia”, que asciende a $7.518.519.
El planteo incluyó un recurso de casación por inaplicabilidad de la ley y un recurso de nulidad extraordinario, solicitando dejar sin efecto la sentencia. El escrito apuntó directamente contra los jueces de la Cámara —Nancy Vielma y Juan Manuel Menestrina, con la intervención de la secretaria Norma Alicia Fuentes— y describió tres graves irregularidades, entre ellas el desconocimiento del principio que establece que la responsabilidad del Estado debe juzgarse en el fuero especializado.
Críticas por “desvío jurisdiccional” y enriquecimiento sin causa
El Ministerio alertó que el fallo constituye un “desvío jurisdiccional” que deriva en una “solución objetivamente injusta”, afectando la seguridad jurídica y aplicando doctrinas judiciales ajenas al caso. Incluso fue más allá al calificar la indemnización como un “claro enriquecimiento sin causa, de carácter confiscatorio, ilícito e inmoral”, que impacta en el patrimonio público y, por ende, en “el pueblo neuquino”.
El juez Choco había emitido el fallo de primera instancia el 14 de abril de 2025, obligando al CPE a pagar una indemnización que —según el Ministerio— supera incluso montos establecidos en causas por fallecimientos. La Cámara de Casación confirmó la sentencia el 13 de noviembre, notificación que recibió al día siguiente la ministra Soledad Martínez, donde se ratificó el millonario resarcimiento.
El caso seguirá ahora su curso en la Cámara de Casación Provincial, donde el Ministerio busca revertir un fallo que considera desproporcionado, erróneo en su interpretación jurídica y perjudicial para las arcas del Estado.
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